Amenazar con revelar que alguien ha sido molestado no es acoso prison (en NY)
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de gente v. benaventdecidido ayer por la jueza Wanda Licitra (NY Crim. Ct.):
El Pueblo acusa a la Sra. Benavente, una mujer de 24 años sin antecedentes penales, con acoso agravado en segundo grado. Ese cargo, una violación de PL § 240.30(1)(a), es un delito menor de clase A punible con hasta 364 días de cárcel. A este cargo, el Pueblo ha presentado un escrito acusando a la Sra. Benavente de llamar a otra mujer por teléfono y decir, en su totalidad: «Es por eso que tenías problemas con papá. Por eso te molestaron. Les diré a todos que te molestaron. Aquí está mi dirección, detente. Sé dónde cuelgas». afuera.» …
[According to the criminal information,] informante [i.e., the accuser] y el acusado tenía ambos [allegedly] estado involucrado anteriormente con el mismo hombre….
Este caso alega una violación de la ley penal basada únicamente en el discurso de una persona. Según corresponda aquí, PL § 240.30(1)(a) criminaliza el discurso cuando alguien:
[C]comunica… por teléfono… una amenaza de causar daño físico o daño ilegal a la propiedad de dicha persona… y el actor sabe o debería saber razonablemente que dicha comunicación hará que esa persona tema razonablemente un daño a la seguridad física de esa persona o propiedad.
A primera vista, este estatuto no criminaliza todas las amenazas. Solo penaliza las amenazas de «causar daño físico» a una persona y las amenazas de causar «daño ilegal» a la propiedad de una persona.
Sin embargo, además, según la Constitución de los EE. UU., el gobierno no puede tipificar como delito todas las amenazas de daño a las personas o la propiedad; solo puede tipificar como delito las «amenazas verdaderas». Las «amenazas verdaderas» son «aquellas declaraciones en las que el hablante tiene la intención de comunicar una expresión grave de la intención de cometer un acto de violencia ilegal contra un individuo en explicit o un grupo de individuos». El gobierno está restringido de esta manera porque, según la Primera Enmienda, solo puede promulgar regulaciones basadas en el contenido de un conjunto limitado de tipos específicos de expresión. De hecho, en common, el gobierno «no tiene poder» para restringir el discurso simplemente «debido a su mensaje, sus concepts, su tema o su contenido». …
En abril de 2015, el juez Steven Statsinger analizó exhaustivamente cómo los tribunales de Nueva York han aplicado el estándar de «amenaza actual». Concluyó que los tribunales de Nueva York encuentran consistentemente que no existe una «amenaza actual» donde la supuesta comunicación «no contenía en absoluto una amenaza de daño futuro» o donde «la amenaza aparente no period suficientemente específica». El juez Statsinger señaló que las comunicaciones «no deseadas, incluso muy ofensivas» no han logrado constituir verdaderas amenazas, donde «no se especificó ningún posible daño futuro» o «el daño amenazado no estaba cubierto por el estatuto». Algunos de los casos recopilados por el juez Statsinger que no encontraron una amenaza actual incluyen:
- gente v. pegajoso (Bronx Cty. Crim. Ct. 2015) («No me dejes usar mi boxeo contigo»).
- gente v. thompson (Kings Cty. Crim. Ct. 2010) («Estoy en camino hacia allí» y luego apareció fuera del edificio del denunciante).
- gente v. Yablov (NY Cty. Crim. Ct. 2000) (Edmead, J.) («Te atraparé»).
- gente v. hermoso (NY Cty. Crim. Ct. 2007) («Voy a tener que llamarte»).
- gente v. Khaimov (NY Cty. Crim. Ct. 2009) («Cuidado con sus pasos o algo le va a pasar. Deje de llamarlo sobre la manutención de los hijos. Su hija es una prostituta»).
- gente v. Pierre-Louis (Nassau Cty. Dist. Ct. 2011) («Me acerco a ti con furia», «perra, perderás tu maldito trabajo», «Tengo todo el jugo suficiente para asegurarme de que estás sosteniendo una lata en la puta calle», «Haré llover un infierno en tu oficina y me aseguraré de que rueden cabezas», entre otras declaraciones).
Orr en sí mismo, donde el juez Statsinger no encontró una amenaza actual, involucró las declaraciones, «Puedo hacer que te manejen», «ve a matarte perra» y «no vales la pena tomar el aire para dar el salto perra».
Al revisar los casos decididos desde el análisis del Juez Statsinger, este Tribunal encuentra que su tesis sigue siendo cierta. Desde 2015, los tribunales de Nueva York han seguido encontrando solo «amenazas verdaderas» cuando la supuesta comunicación contenía una amenaza específica de daño futuro. Donde faltaba cualquiera de los elementos, los tribunales encontraron que no había una amenaza actual. Por ejemplo, no se encontró ninguna amenaza actual en estos casos:
- gente v. brotar (NY Cty. Crim. Ct. 2015) («Te voy a llevar a tus hijos. No te enviaré más dinero. Cuando te vea, te daré un puñetazo en la cara. Cuida tu espalda. Perra. Puta. Coño.»)
- gente v. gibbs (Bronx Cty. Crim. Ct. 2015) («David trató de tocarme. David es un violador. Tendré que defenderme si él trata de tocarme de nuevo. Voy a meterte a ti y a David en la cárcel. David me debe dinero. Mira cuando te veo. No sé por qué tienes que involucrar a la policía. Esto no tiene nada que ver contigo. Si crees que es malo lo que le hice a David, vas a ver lo que es. te va a pasar a ti»).
- gente v. Powell (Bronx Cty. Crim. Ct. 2016) («Maldita perra, ahora tienes a la policía involucrada. No dejes que te atrape. ¿Por qué estás mintiendo? No sé quién crees que eres. Recuerda que tienes que pasa por donde te veo.»)
- gente v. DePasquale (Kings Cty. Crim. Ct. 2017) («No eres bajo y mira cuando te encontré, sal, deja al niño»).
- gente v. gramática (Monroe Cty. Simply. Ct. 2017) («Voy a lastimarte y hacerte pagar por lo que me hiciste, perra buscadora de oro»).
… En este caso, la información no alega una amenaza actual de daño físico a una persona o daño ilegal a la propiedad. Efectivamente, como en Orr, muchas de las afirmaciones aquí «no son amenazas en absoluto», y mucho menos son verdaderas. Declaraciones como «por eso tuviste problemas con tu papá» y «por eso te molestaron» son «claramente intentos de insultar y degradar al denunciante». «Pero no son amenazas».
Podría decirse que la declaración «Les diré a todos que te molestaron» es una amenaza, pero no amenaza con dañar físicamente a una persona o dañar ilegalmente la propiedad, que son los únicos tipos de amenazas que PL § 240.30 (1) tipifica como delito. Las declaraciones restantes «aquí está mi dirección, acércate» y «Sé dónde pasas el rato» son demasiado vagas para constituir «amenazas verdaderas». Son análogas a otras afirmaciones que los tribunales de Nueva York han considerado demasiado vagas para constituir verdaderas amenazas, como se señaló anteriormente, como «Voy en camino», «algo te va a pasar», «Te atraparé». «,» cuida tus pasos «o» ven afuera, deja al niño «.
Para ser claros, el defecto facial aquí no es, como lo construye el Pueblo, que «también se podrían sacar inferencias inocentes de los hechos alegados». El defecto es que no se pueden extraer inferencias criminales de los hechos alegados, y ciertamente ninguna que establezca una verdadera amenaza de daño físico a una persona o daño ilegal a la propiedad. Como resultado, la información es aparentemente insuficiente para distinguir el delito imputado.
{[T]El pueblo ha hecho alegaciones adicionales, a saber, que la Sra. Benavente lleva «dos años» realizando «llamadas telefónicas acosadoras» a la denunciante. Esta alegación no está jurada y aparece solo en la respuesta del Pueblo, no en la denuncia jurada ni en la declaración de apoyo. De acuerdo con los principios fundamentales de suficiencia facial, la Corte se niega a considerar esta alegación.}
Mi sensación es que muchos de los casos citados en la opinión habrían sido decididos de manera diferente por otros tribunales (al menos fuera de Nueva York), porque parecen mencionar específicamente amenazas de violencia ilícita.
Pero me inclino a decir que amenazar con revelar que alguien ha sido abusado —al menos en ausencia de un intento de chantaje, donde la amenaza es una herramienta para obtener dinero o alguna otra cosa de valor— no sería penalmente punible en ninguna parte. (Tenga en cuenta que en algunos estados es posible que amenazar con revelar que alguien ha sido abusado sea procesable civilmente bajo el agravio de divulgación de hechos privados; pero Nueva York ni siquiera reconoce ese agravio, por lo que la amenaza no habría sido un amenaza de cometer un delito civil).
Felicitaciones a Julie B. Rendelman, quien representó al acusado.
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